Ante el interés suscitado en muchos de los asociados por las novedades que presenta la nueva Reforma Laboral del RDL 32/2021, de 28 de diciembre, la Asociación Española de Campos de Golf ha celebrado un webinar informativo sobre los aspectos más importantes que presenta esta nueva reforma, que entrará en vigor a partir del próximo 31 de marzo.
Esta sesión se ha realizado en colaboración con Montero Aramburu, partner institucional de la AECG, siendo Esperanza Alcaraz, abogada senior del departamento laboral en dicho despacho, la encargada de exponer todos los aspectos relativos a esta Reforma Laboral.
A través de un análisis práctico de las medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, en la sesión se han destacado tres puntos fundamentales:
– Modalidades contractuales: simplificación y ordenación de la contratación laboral.
– Medidas de flexibilidad interna. Principales novedades en los expedientes de regulación temporal de empleo.
– La negociación colectiva: la ultractividad de los convenios colectivos, la prevalencia del convenio colectivo sectorial en materia salarial y la aplicación del convenio sectorial en las contratas y subcontratas.
Al finalizar la exposición, los asistentes han participado con sus dudas y preguntas, que han sido respondidas por Esperanza Alcaraz.
Luis Nigorra, presidente de la AECG, ha presentado y clausurado este webinar informativo, agradeciendo la asistencia a todos los asistentes, y poniendo a disposición de los asociados todas las actividades que venimos y seguiremos realizando desde la AECG a través de estos encuentros, con el objetivo de tratar aquellos temas de interés para el sector y resolver las dudas que puedan surgir.
Ante las dudas que puedan surgir, podéis poneros en contacto con Esperanza Alcaraz a través de su email eag@montero-aramburu.com
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La AECG es una asociación empresarial sin ánimo de lucro, que tiene como objetivo principal la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de sus asociados.
Según los estatutos de la AECG, Artículos 27/28, podrá ser miembro de la Institución aquellos Campos de Golf que lo soliciten y que cumplan una serie de requisitos.